La Junta de Gobierno

Se integra con:

I.- La persona titular de la Presidencia Municipal, quien lo presidirá;

II.- La persona titular de la Sindicatura Municipal y las personas titulares de las Regidurías que tengan en su encargo la representación de las comisiones de Servicios Públicos Municipales, de Protección Ambiental, de Bienestar Social, de Hacienda, y de la Coordinación de Organismos descentralizados;

III.- Una persona en representación de la Entidad Superior de Auditoria y Fiscalización del Estado de Morelos;

IV.- La persona titular de la Presidencia del Consejo Consultivo del organismo, nombrado en los términos de este ordenamiento;

V.- Una persona en Representación de la Comisión Nacional del Agua u organismos que desempeñen su función, a quien se invitará a participar en la junta. Por cada representación de persona propietaria se nombrará a la respectiva persona suplente 1.

1. Artículo 20 de la Ley Estatal de Agua Potable.pdf

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